En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN Y SE PROCEDE COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. En consecuencia, la parte Demandada deberá pagar a la parte Actora las siguientes cantidades: PRIMERO: La suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 2.363.544,11), monto totalmente vencido. Segundo Los intereses generados desde la respectiva fecha de vencimiento (13-09-05), calculados a la tasa del doce por ciento (12%), anual, la cantidad de DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 212.718,96), TERCERO: De conformidad con el Artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, las costas procesales calculadas por el Tribunal, en la cant.....