Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA : MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del Imputado DANNY ARQUIMEDEZ CAIGUA GUAINA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.051.823, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/03/1986, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de oficio buhonero, hijo de los ciudadanos DOMINGO CAIGUA (DF) y DARIA GUAINA, residenciado en: Camino Nuevo, Calle Esperanza, Casa S/N, Barcelona, Estado Anzoátegui; en perjuicio de la ciudadana IDAMY ALICIA SANCHEZ. Líbrese Oficio Respectivo, Notifíquese. Cúmplase.