Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARACON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMTORIA), incoada por la ciudadana ANA DE JESUS LUGO, contra el ciudadano. MARIO DE JESUS MARTINEZ, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia, se condena al Demandado a pagar a la parte Actora las siguientes cantidades: PRIMERO. La cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00), que constituye el monto de las letras que acompañan al libelo; SEGUNDO: la suma de: DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (BS. 225.000, oo), de conformidad con el artículo 108 del código de Comercio, a la rata del 12% anual; TERCERO: la suma de VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON NOVETA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 29.999,99) de conformidad con el artículo 456 del Código de Comercio. Correspondiente al dere.....