Con base a los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede el Tigre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada en la audiencia conciliatoria de fecha 05/03/2025 por los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad bajo el Nº V- 4.004.531, debidamente asistido por el Defensor Público CARLOS NUÑEZ, designado bajo el memorando NºDAEETDP-2025-051, emitido por la coordinadora de la unidad Regional de la defensa pública del Estado Anzoátegui, actuando en su carácter de parte demandada y por la otra parte la ciudadana CLEOTILDE JOSEFINE MENESES venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad bajo el Nº V-8.496.985. , debidamente asistida por el abogado FRANCISCO TI.....