DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a CARLOS ALBERTO HENRIQUEZ GIL, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.281.562, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/07/1973, de 36 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Técnico Superior, en obra civiles, hijo de los ciudadanos Ricardo Henríquez (V) y Petra Gil (V), residenciado en Vereda 10, Nº 01, Barrio 29 de Marzo, frente al estadio 29 de Marzo-Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA previsto y sancionado en los artículos 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una vida Libre de violencia.....