Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges, Ciudadanos JOSE GREGORIO MARTINEZ MARTINEZ y VANESSA CAROLINA ESPINOZA MODICA, y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según Acta de Matrimonio, Nº 522, Folio 242 y 243, Tomo 4, Año 2008, inserta en el Libro de Matrimonios llevado por la Oficina de Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, Parroquia Puerto La Cruz, del Estado Anzoátegui, el día Veintisiete (27) de Diciembre de Dos Mil Ocho (2008), la cual fue acompañada en autos en copia certificada y así se decide.-