Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: DECAIMIENTO DE LA ACCION, por pérdida de interés, en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentara por la Empresa DESARROLLO PASEO LOS CANALES, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el No. 38, Tomo A-11 de fecha 20 de Mayo de 1.982, y/o a sus Abogados CARLOTA CALDERON, ANA JACINTA DURAN Y HERCILIA DE GUTIERREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro 29.344, 21.202 y 8.198, respectivamente, en contra de la Empresa INVERSIONES GAMBLES C.A, Firma Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado, en la persona del ciudadano SAMUEL ALCEDO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad No 3.979.910.- Y así se decide.-