En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de Divorcio intentada por el ciudadano Walfredo José Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 783.586, de este domicilio, contra la ciudadana Lamía Beatriz Karam De Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.720.782, domiciliada en el Conjunto Residencial Invesa, Edificio Los Samanes, Apartamento 4-A, Avenida Estadio de la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.-
SEGUNDO: CON LUGAR la Reconvención presentada por la ciudadana Lamía Beatriz Karam De Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.720.782, domiciliada en el Conj.....