VI
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ, debidamente asistido en audiencia por la Abogada OLINDA MORILLO, identificada en autos, en su condición de Procuradora de Trabajadores de esta ciudad y estado, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO ANZOATEGUI, en virtud del incumplimiento de la Providencia Administrativa publicada por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios SIMON RODRIGUEZ, MIRANDA, GUANIPA E INDEPENDENCIA del Estado Anzoátegui No.00058-2011 de fecha 07 de JUNIO de 2011 contentiva en el expediente signado 024-2010-01-000367. Y en consecuencia, se ORDENA a dicha Alcaldía, su ejecución inmediata e inco.....