Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, visto el acuerdo suscrito entre las partes y, a fin de alcanzar la paz social en el campo, el bienestar colectivo y del desarrollo humano, siendo objetivo fundamental de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, lo HOMOLOGA en los términos que no sean contrarios o disposiciones expresas de la Ley, tal como fue convenido entre las partes, dándole el carácter de cosa juzgada.-