Se dictó sentencia interlocutoria en la presente causa mediante la cual se Declara: INADMISIBLE la presente Demanda por DESALOJO, interpuesta por el Ciudadano JOSE FERNANDO GIL FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° V-8.439.133, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº 119.102, actuando en su propio nombre y en contra del Ciudadano ABDUSALAM HUSSEIN, de nacionalidad Sirio, titular de la cédula de Identidad N° E-82.212.654, por carecer de los requisitos previstos en el Articulo 340 del Código Procesal Civil.