En consecuencia, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, intentado por el ciudadano ANTOINE TANBEH MUBAID, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.277.961, en contra de los ciudadanos LEIDA GUZMAN y JUAN HURTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 8.465.306 y 5.196.457, respectivamente, y así se declara.-