DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano FRANCIS TINEO SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.882.268, mediante el cual solicita a este Tribunal la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: MARCA MACK, MODELO R-609-TV, COLOR AMARILLO, PLACAS 938VBH, AÑO 1973, TIPO CHUTO, SERIAL DE CARROCERIA R609TV9787, SERIAL DE MOTOR: T676-5S2745, CLASE: CAMION, USO: CARGA; bajo Guarda y Custodia, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines que le sea entregado a la solicitante antes identificado. TERCERO: Devuélvanse los documentos or.....