D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JORGE ALEJANDRO MALDONADO TABARES, titular de la cedula de identidad Nº V-20.764.826, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 12/11/1987, de estado civil Casado, de profesión u oficio funcionario Policial, hijo de JORGE ENRIQUE MALDONADO y YOLIMAR DEL CARMEN TABARES, domiciliado en: Tronconal III, Calle 8 estacionamiento 52, casa nº 23, Barcelona estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal, en perjuicio de la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA; de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1º, 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedi.....