Se ordena la apertura a Juicio Oral y Público en contra de los hoy acusados ALBERTO MATA ROJAS, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, cometido en perjuicio de JUAN ENRIQUE RODRIGUEZ, y el imputado PEDRO GOMEZ MARTINEZ previsto y sancionado HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO COOOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 407 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal. SEPTIMO. Se emplaza a las partes para que en un lapso común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio que corresponda de este Circuito Judicial Penal, y se insta al Secretario a remitir las actuaciones en su oportunidad legal. Ratificándose como lugar de reclusión para los hoy acusados el Internado judicial José Antonio Anzoátegui, con sede en Barcelona. Se deja constancia que dio cumplimiento a los Principios Generales del Proceso como Oralidad, Inmediación y Concentración, establecidos en los artículos 14, 16 y 17, todos.....