En consecuencia, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, tomando en consideración que la solicitante es la madre del adolescente: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ya mencionado, en uso de sus atribuciones legales y en Interés Superior de la referida adolescente, establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a Niños y Adolescentes, Derecho a la Libertad de Tránsito (Artículo 39), Derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego, (Artículo 63), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 d.....