este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GABRIEL HERNANDEZ GUZMAN, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A. (LOMORCA) todos plenamente identificados en autos, por concepto de pago de diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A. (LOMORCA) a cancelar al demandante GABRIEL HERNANDEZ GUZMAN, la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 5.322.385,99) por concepto de diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales convencionales, determinados y especificados precedentemente. Sin perjuicio de l.....