IV
DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la Solicitud de Adopción Plena que ha presentado el ciudadano ALBERTO FERNÁNDEZ GASPAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.245.486 y domiciliado en Lechería, Estado Anzoátegui, a través de su Apoderada Judicial CECILIA VILLARROEL CASTRO, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.631, de los ciudadanos RUBÉN ALEJANDRO CONTRERAS GUERRA y FLORANGELA DEL CARMEN CONTRERAS GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 21.387.510 y 21.387.509, respectivamente, y domiciliados en Lechería, Estado Anzoátegui. Así se decide.
Segundo: Se decreta la Adopción Plena, propuesta por el ciudadano ALBERTO FERNÁ.....