Éste Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: PRIMERO: Se declaró Con Lugar la solicitud presentada por la ciudadana MARIA ANTONIETA CASTILLO HIDALGO, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 17.164.257, domiciliada en Lecherías, Municipio Urbaneja, del Estado Anzoátegui, en consecuencia, se acuerda la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Placa AA993OG, Serial de carrocería 8Y4AGL28K581100589, Marca: JEEP, Modelo: CHEROKEE LIMITED, Año 2008; Color: PLACA, Uso: PARTICULAR, Clase: CAMIONETA, TIPO: SPORT WAGON, bajo GUARDA Y CUSTODIA de conformidad con el Artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Remítase oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Barcelona, a los fines de que sea excluido del Sis.....