En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO PROCESAL DEL PRESENTE RECURSO DE APELACION, interpuesto por el ciudadano EDGAR JOSE MORENO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.295.853 y domiciliado en la ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ASDRUBAL GOITIA, inscrito en el IPSA bajo el N° 57.189 y domiciliado en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, quien apela de la Sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Protección (1) del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ,de fecha 27/06/2006, que declaró CON LUGAR la demanda de fijación de la Obligación Alimentaria, incoada por la ciud.....