DISPOSITIVA
Por las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA MANTENER la medida de Libertad Asistida impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDABRACHO MANZOL, por el plazo de DOS (02) AÑOS, por el Tribunal del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en función de Control Sección de Adolescente por haberlo declarado responsable en la comisión del delito de VIOLACIÓN previsto en el articulo 374.1 del Código Penal en agravio del niño IDENTIDAD OMITIDA; y determina que ha cumplido UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y TRES (03) DÍAS, FALTANDO POR CUMPLIR DOS (02) MESES VEINTISIETE (27) DIAS SIENDO LA FECHA PROBABLE DE CUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN EL 23 DE MAYO DE 2013; conforme los artículos 614, 626, 629, 647 literales a) y e) de la Le.....