Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara EL ABANDONO DEL TRAMITE en el presente juicio por ACCION MERO DECLARATIVA intentada por OMAIRA DEL VALLE LICCIEN SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 5.194.838, asistida por la abogada NIURKA ROJAS CABEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el nº 132.561.- Y así se decide.-