Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en la presente Acción de Amparo, ejercida por el ciudadano Jorge José Moya Palacio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 8.288.330, actuando en su carácter de presidente de la Asociación Cooperativa Transporte San Juan XXI, R.L, debidamente asistido por las Abogadas Mariangèlica González y Nancy Guarache Fermín, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 144.124 y 88.122, en contra de la decisión de fecha 26 de Enero del 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por Nulidad de Asamblea, seguido Eustaquio Antonio Rodríguez Fermín, José Antonio Rodríguez Marval y Jesús Antonio Torres Pinto contra Asociación Cooperativa Transporte San Jua.....