Ahora bien, de la revisión de las Actas que componen el presente expediente, esta Sentenciadora observa que los solicitantes contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina de Registro Civil y Electoral, del Estado Anzoátegui, Municipio Guanta, en fecha 15 de Noviembre de 2006, tal como se evidencia en copia certificada de Acta de matrimonio Nº 175, cursante al folio 4, con domicilio conyugal en la Urbanización Oropeza Castillo, Sector B1, Casa N° 37, Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, se separan de hecho desde el mes de Mayo del año 2008, es decir, por más de Cinco (5) años, habiendo por tanto ruptura prolongada de sus vidas en común, solicitan respetuosamente por este Tribunal, una vez cumplido todos los extremos legales declare con lugar la presente solicitud de Divorcio (185-A), y, en consecuencia, se disuelva el vinculo matrimonial que los unía, contraído por ante la registradora Civil del Municipio Guanta y la Secretaria respectivamente, De .....