DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el Abg. MIGUEL SALDIVIA ACOSTA, titular de la cédula de identidad número 13.690.464., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 94.734., quien actúa en este acto en representación del ciudadano CESAR ANTONIO GARCIA, titular de la cédula de identidad número 8.292.839; en consecuencia, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega Bajo Guarda y Custodia del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Corsa 1.6 Snc, Color Blanco, Año 2.002, Placas BAZ88U, Serial de Carrocería 8Z1SC51641V881655, Serial del Motor 41V881655, tipo Sedan, Uso Particular, objeto de la presente solicitud. SEGUNDO: Remítase oficio al Enc.....