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Decisiones del dia 08/06/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BH0B-X-2005-000013 N° Sentencia : Fecha: 08/06/2006
Procedimiento:
Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale
Partes:
DULCE MARÍA FUENMAYOR RÍOS, RAÚL ERNESTO MORA ALBORNOZ Y DUBAR JOSÉ FUENMAYOR RÍOS CONTRA C.A ELECTRICIDAD DE ORIENTE (ELEORIENTE C.A).
Resumen:
Finalmente se concluye por las razones precedentemente expuestas, en que los indicados abogados deberán, tal como lo señala la referida doctrina casacional en su cuarta hipótesis, accionar la presente reclamación de honorarios profesionales de manera autónoma y principal ante el tribunal civil competente por la cuantía, por lo que quien juzga SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios incoada por los abogados DULCE MARÍA FUENMAYOR RÍOS, RAÚL ERNESTO MORA ALBORNOZ Y DUBAR JOSÉ FUENMAYOR RÍOS, contra la empresa C.A. ELECTRICIDAD DE ORIENTE (ELEORIENTE) y se ordena el envío del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial, para que una vez recibido, se remita al Juzgado con competencia en materia Civil correspondiente por la cuantía. ASÍ SE DECIDE en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en Barcelona, a los ocho (8) días del mes de junio del año dos m.....
Juez/Ponente:
Antonio Rojas
Organo:
Tribunal Cuarto de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : BP02-O-2006-000085 N° Sentencia : Fecha: 08/06/2006
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
ERNESTO VILLAFRANCA CONTRA ASOCIACION CIVIL COLINAS DE VALLE VERDE A.C.
Resumen:
Por las razones expuestas se exhorta al apoderado judicial del quejoso de amparo, a tenor de lo señalado en las disposiciones citadas, para que se sirva realizar una descripción concatenada y consecutiva de los hechos narrados, con precisión del momento en que considera se le lesionan a su representado los derechos alegados como presuntamente conculcados. Es de advertir nuevamente, que en caso de que no se de cumplimiento a lo señalado en el presente auto, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a que conste en autos la notificación del representante judicial del quejoso de amparo, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal procederá a declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta Y ASÍ SE DECIDE
Juez/Ponente:
Antonio Rojas
Organo:
Tribunal Cuarto de Juicio del Trabajo
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