Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION DE LA MEDIDA DE AMONESTACION impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado; en sentencia de fecha 07 de Julio del año 2006, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 02, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el articulo 458 del Código Penal Venezolano, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana MARISELA AGUILERA GOMEZ, por haber cumplido con la mencionada medida, y en consecuencia se ordena su LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 literales a y h, todos de la Ley Orgá.....