DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda aplicar al ciudadano: JESUS BENJAMIN PRESILLA, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA tipificados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, conforme a lo que establece el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela LIBERTAD SIN RESTRICCION; Ya que este juzgador considera que no existen suficiente elementos de convicción que comprometen la responsabilidad del imputado por la presunta comisión del delito antes mencionada en la parte motiva, hecho punible este que es de acción .....