En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda de Cobro de Bolívares por Intimación incoada por los ciudadanos ROMNY ENRIQUE GONZALEZ y RAIZA YOLANDA GARCIA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.9.340.967 y 12.233.291, respectivamente en contra de la Empresa PRIMER DESARROLLO, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 27, Tomo A-48, de fecha 27 de junio de 1997, en consecuencia se ordena a la Empresa PRIMER DESARROLLO, C.A, a pagar a los ciudadanos ROMNY ENRIQUE GONZALEZ y RAIZA YOLANDA GARCIA GUTIERREZ, antes identificados las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La suma de CINCUENTA Y SE.....