Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano JESUS SALVADOR CARREÑO VELASQUEZ, en contra de los ciudadanos JULIO CESAR SANCHEZ, y ANTONIO DEL MORAL PEREZ, así como de ADRIATICA DE SEGUROS C.A, todos ambos arriba identificados. SEGUNDO: Se declara la prescripción de la presente acción, en relación a los co-demandados ADRIATICA DE SEGUROS, C.A y ANTONIO DEL MORAL PEREZ, antes identificados. TERCERO: Se condena al ciudadano JULIO CESAR SANCHEZ, a cancelar al demandante la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000) por concepto del daño causado en virtud de las lesiones corporales que sufrió el demandante en el accidente de tránsito que dio origen a la presente demanda, por considerar esta.....