En virtud de la incomparecencia de la parte demandante, a la celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de SEPARACION DE CUERPOS CONTENCIOSA, presentado por el ciudadano GONZALO RAFAEL GARCIA INOJOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.417.146, domiciliado en la Avenida Guzman Lander, Edificio San Miguel, Torre C, Piso 4, Apartamento 41, Barcelona, Estado Anzoátegui, asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS JOSE GONZALEZ ESTEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 196.699, en contra de la ciudadana ISGLEYNIS NAYERLING BARRERA HINO.....