En consecuencia este Tribunal N° 01 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA la decisión de fecha 13-10-04, dictada por el Tribunal de Control Nº 05, mediante la cual acordó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos MARIA EUGENIA ORTA BARO, MANUEL ALEJANDRO ESCOBAR CASTELLANOS, MILAGROS JACQUELINE MOLINA VILLASMIL Y ANAIS MARGARITA YEGRES CORDOVA, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, al Jefe de la División de Información del Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas, Delegación de Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre el mencionado ciudadano; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines.....