En este sentido este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por cuanto la transacción celebrada entre las partes no transgrede lo dispuesto en los artículos 89 ordinal 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, otorgándole el carácter de cosa Juzgada.