Este Tribunal de Control N° 02, Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del (IDENTIDAD OMITIDA); por el delito de ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en relación con el artículo 83 del Código Penal, que se señala cometido en perjuicio de los ciudadanos JUAN CARLOS YANEZ y EVELIN CELESTINA RAMOS MADRID, por considerar esta Decisora, que se existen suficientes elementos de convicción que acreditan la comisión del antes señalado delito, así como la participación del prenombrado Joven en los hechos objeto del presente proceso, que permiten ordenar la apertura a Juicio, del presente proceso.
Se intima a las partes para que en el plazo común de cinco días, contados a partir de la remisión de las actuaciones concurran al Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui según el artículo.....