En consecuencia este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta circunscripción Judicial actuando como Tribunal de alzada en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada REINA JOSEFINA ACOSTA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 98.143, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana YOLIMAR DEL VALLE TORRELABA, ya identificada, en contra del auto dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 13 de junio de 2.008, mediante la cual negó la admisión de una prueba promovida por la parte demandada, con ocasión al juicio por ACCION REIVINDICATORIA; intentado por la ciudadana GIULIA MATTIA CERENZIA, ya identificada, en contra de la recurrente.- En consecuencia, se confirma en todas y cada una de sus partes el auto dictado por el Juzgado A-quo en fecha 07.....