Seguidamente este Tribunal, visto el convenimiento planteado por ambas partes, en forma voluntaria y libre de toda coacción, este Tribunal por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad, y por ende se abstiene de practicar la Medida Preventiva de Embargo para la cual fue amplia y suficientemente comisionado, y acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado comitente, a los fines de que homologue el presente convenimiento, tal como lo solicitaron las partes en el presente acto. Es todo.-