Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara a los ciudadanos: AMANDA ROJAS DE ZORRILLA, HERMIS JOSEFINA ROJAS DE AGUILAR , REINALDO RAFAEL ROJAS RODRÍGUEZ, LUIS RAFAEL ROJAS RODRÍGUEZ, PEDRO MANUEL ROJAS RODRÍGUEZ, LESBIA ISABEL ROJAS RODRÍGUEZ, ELEAZAR JOSÉ ROJAS RODRÍGUEZ, HÉCTOR ANTONIO ROJAS RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO ROJAS RODRÍGUEZ , COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del hoy difunto: ELEAZAR ANTONIO ROJAS TARIMUZA , quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil casado ,titular de la Cédula de Identidad N° V-560.794; y quien falleció ab-intestato en fecha diez (10) de Diciembre del año (1977), en la ciudad de Carúpano Estado Sucre, según Acta de Defunción N° 669, y así se declara.-