En consecuencia por los anteriores razonamientos este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MARISOL JOSEFINA MAITA, JOSÉ ANTONIO PÉREZ, EVANGELINA JOSEFINA MENDOZA DE PÉREZ, y en representación de los menores MAIRIT COROMOTO, DANELIS COROMOTO, LUIS EDUARDO, ROSAURA JOSEFINA y JOSÉ RAMÓN GOMÉZ MAITA, contra el Ciudadano RUBÉN MEJIAS LEDEZMA y la Empresa EXPOTRAN S.A., suficientemente identificadas de autos y CONDENA a los demandados a pagara la demandante las cantidades de dinero reclamadas por los conceptos de: : PRIMERO: La suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.200.000,oo) por concepto de Lucro Cesante causado a MARISOL MAITA a consecuencia de la colisión de fecha 12 de junio de 1998 y, como consecuencia de los gastos ocasionados por el mismo.- SEGUNDO: La cantidad de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 150.000.000,oo) por concepto de daño moral ca.....