este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA Y PROCEDE A LA ENTREGA MATERIAL de un inmueble constituido por un apartamento ubicado en: Bloque 3, Edificio 2, Nº 0201, urbanización Villas Olímpicas, Municipio Simón Bolívar, del Estado Anzoátegui, libre de bienes y personas; a la ciudadana DEDIS CAMACHO DE GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 4.308.787, a través de su apoderada judicial Abogada BLANCA COVA URBANO, antes identificada, quien expone: En nombre de mi representada recibo y tomo posesión del inmueble objeto de la entrega material, libre de bienes y personas. Es todo". La presente acta sólo contiene las menciones que por obligación legal le son permitidas, en aplicación de los artículos 188, 189 y 536 del Código de Procedimiento Civil vigente. Se deja expresa constancia, que la prácti.....