en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario Subsidiario, interpuesto por la ciudadana Milagros Pazos, actuando en su carácter de apoderada y Representante Legal de la contribuyente Automercado Distribuidor de Alimentos, C.A., (DACA), , contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ-2013, sin fecha la cual declaró Sin Lugar el recurso Jerárquico interpuesto en contra de la Resolución N° GRTI/RNO/DF/20006-1667, sin fecha, y ordena cancelar la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.F 2.675,00), emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental, del SENIAT adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. Así se decide.-