este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Primera Autoridad Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, CORREGIR la presente Sentencia en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por esa Prefectura, en el acta Nro. 18, llevado durante el año 1953, asimismo al Registrador del Estado Anzoátegui, a los fines de hacer la respectiva rectificación, colocando la nota marginal correspondiente en la partida de Nacimiento de la ciudadana IRMA ROSA AMARICUA DE BLANCO manera: dónde escribió YRMA ROSA AMARICUA DE BLANCO, siendo lo correcto IRMA ROSA AMARICUA DE BLANCO, y como fecha de nacimiento 29 de diciembre de 1953, siendo lo correcto 29 de dici.....