Este Tribunal admite y acuerda citar por medio de boleta a la ciudadana DANYS FELICIANA MILLAN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.317.454, domiciliada en la Urbanización Otto Padrón, Calle principal, por la invasión, frente a la Bodega de la Sra. Dília, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a su citación, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Asimismo acuerda practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a los ciudadanos ARGENIS ORTEGA GUILARTE y DANYS FELICIANA MILLAN VELASQUEZ, y a la adolescente y al niño CLAIREN LORENA y YORDAN ERNESTO ORTEGA MILLAN, e igualmente sendos Informes Sociales en los hogares.....