Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Se Declarar Con Lugar la Solicitud planteada por la ciudadana INGRID COROMOTO CARMONA PEÑALOZA, Venezolana, Mayor de edad, titular de cedula de identidad Nº V-13.621.842, Domiciliada En: Vía Vidoño, Sector Los Cedros, Conjunto Residencial Altozano, Edificio La Gaviota, Apartamento A-0301, Barcelona Estado Anzoátegui, SEGUNDO: Se DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano de cujus ALVARO FRANCISCO REYES GUARAMATA, fallecido el día 31 de Marzo de 2012, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-14.616.663, a su esposa, la c.....