Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento (cumplimiento voluntario del fallo) efectuado por la parte Demandada SALVADOR BRANCATO DEL POPOLO MARCGHITO, a través de su apoderado judicial, JUNIOR RAFAEL CURRA, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 98.272, otorgándole al mismo efectos de Cosa Juzgada, todo ello conforme a las previsiones del Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Audiencia del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanci.....