Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la Sociedad Mercantil Laboratorio Biodata, representado por la abogada Carmen María Blanco, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de Abril de 2017.-
Segundo: Revoca, el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de Abril de 2017.-
Tercero: Se ordena, al referido Juzgado de Primera Instancia, se pronuncie sobre el fondo de la Acción de Amparo Constitucional, y previamente evalúe si no existiere cualquier otra causal de inadmisibilidad con exclusión de la causal ya analizada.
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