En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano: DOUGLAS ALEXANDER BELTRAN RAMOS, de nacionalidad Venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido el 13-08-80, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.278.373, estado civil Soltero, de profesión u oficio Depositario, hijo de LUIS BELTRAN (V) y de Raiza Barrios (V), domiciliado en Colinas de Valle Verde, Calle San Luis, Casa N°.- 12, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, teléfono 0414-782-33-40, de conformidad con el artículo 256 ordinales 1°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal . El Procedimiento a seguirse el Ordinario. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese oficio al Comandan.....