Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS el presente Recurso de Amparo Constitucional, Interpuesto por la ciudadana Carmen Ruiz de Dunn, en su carácter de representante del Frigorífico Industrial El Poder de Dios, C.A., antes identificado, contra el ciudadano MAICO ARNALDO MARRERO AMARICUA, en su carácter de Alcalde del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual del Estado Anzoátegui.-
SEGUNDO: Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondiente.-