Declara CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por los Ciudadanos: FELIX JAVIER GUZMAN y FLORANNIE DEL VALLE MARQUEZ VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.681.716 y V-14.764.012, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El tigre, Municipio Simon Rodríguez, Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la Abogado EUGENIA A. LEON L., inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº. 70.118; y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 10/12/2008, por ante el Registro Civil de la Alcaldia de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro Maria Frites del Estado Anzoátegui, según consta en la copia certificada del Acta de Matrimonio, asentada bajo el Acta N° 109, en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho durante el año Dos Mil Dos (2008).