Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, penado en el artículo 455, ordinal 3° y 6° del Código Penal, y cometido en perjuicio de la ORIENTAL DE SEGUROS, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 4° del Código Penal.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ DE CONTROL N°4
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.
EL SECRETARIO,
ABG. RAMON MOISES FERANADEZ ORAA.
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