Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos CARMEN GABRIELA MORILLO CHACÓN y JESÚS ARCANGEL MIRANDA MÁRQUEZ, debidamente asistida la primera por la abogada en ejercicio ZAIDA UBAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 9.917 y el segundo de los nombrados por la abogada en ejercicio LUZ STELLA GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.302, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de carácter vinculante Nro. 693, dictada el 02 de junio de 2015, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia: PRIMERO: Se declaró disuelto el vín.....